Cuando la notificación por medio de anuncios pueda suponer la lesión de derechos o intereses legítimos, el texto del anuncio deberá remitirse de forma extractada. El extracto contiene una sucinta indicación del contenido del acto y del lugar donde los interesados podrán comparecer, en el plazo que se establezca, para conocimiento del contenido íntegro del acto y constancia de dicho conocimiento.
En ámbitos sectoriales concretos como el tributario, la regulación aplicable establece tajantemente la publicación en extracto y el contenido de la misma.
Por tanto:
- Publicación en extracto : Cuando el anuncio no incluye el contenido del acto administrativo a notificar, sino sólo la identificación del interesado y el procedimiento.
- Publicación íntegra : Cuando el texto del anuncio recoge el contenido del acto administrativo objeto de notificación de forma completa.