Sí. Previamente y con carácter facultativo, las Administraciones podrán publicar los anuncios de notificación en el DOGC, BOP y/o en el tablón del Ayuntamiento del último domicilio del interesado.
Sí. Previamente y con carácter facultativo, las Administraciones podrán publicar los anuncios de notificación en el DOGC, BOP y/o en el tablón del Ayuntamiento del último domicilio del interesado.